Gobierno y organizaciones indígenas
No hay registro de los casos y piden investigación
medidas El Ministerio de Justicia compromete atención y orientación ante estos casos.
domingo, 22 de septiembre de 2013 · 22:27
El Viceministerio de Igualdad de Oportunidades y las principales entidades que aglutinan a los movimientos indígenas y campesinos de Bolivia desconocen los hechos de infanticidio que se registran en el altiplano del país en contra de recién nacidos con discapacidades físicas notorias y piden investigar el caso.
"Aunque no hemos escuchado de esos casos es una pena saber que existen. Porque es falta de información de los hermanos, porque nadie es culpable de que nazca una persona con discapacidad, así que no podemos ocultarlo o matarlo”, comentó Sergio Hinojosa, exejecutivo del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq).
Hinojosa, que actualmente asume la dirigencia indígena en el municipio de Puna, en la provincia José María Linares del departamento de Potosí, asegura que en ese sector no registraron casos de infanticidio por discapacidad. "Respetamos a la naturaleza y sus designios. Por eso no hay que matarlos como si fueran animalitos. Así que hay que investigar”, aseveró.
En ese marco, Gregoria Reina Ballejos, dirigenta de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas, Indígenas y Originarias Bartolina Sisa, aseguró a este medio, en un contacto telefónico, que su organización "no recibió ninguna información de asesinatos a menores. Así que nunca escuché nada de eso”.
La Ley 1678, sobre la persona con discapacidad, establece en su artículo 6 que toda persona con discapacidad "tiene derecho a la vida, desde la concepción hasta la muerte, bajo la protección y asistencia de la familia, de la sociedad y del Estado y a vivir en el seno de su familia o en un hogar que las instruya, en caso de no contar con ésta”, entre otros.
"No ha habido denuncias de esas características en nuestras oficinas. Pero sí se está trabajando en una política pública integral para todas las personas con discapacidad en todo el territorio del país”, dijo al respecto la viceministra de Igualdad de Oportunidades, Karina Marconi.
Estableció que de ocurrir el delito de asesinato contra recién nacidos por una discapacidad física, "dependiendo de la jurisdicción que se tenga, el Ministerio de Justicia dará todo el apoyo correspondiente al igual que la orientación legal, psicológica y social que haga falta y, obviamente, se tiene que remitir el caso a instancias judiciales, porque se cataloga como un infanticidio y debe ser penado”.
La Ley 223, para personas con discapacidad, aprobada el 2 de marzo de 2012, define en su artículo 5 que las personas con discapacidad son aquellas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales y/o sensoriales a largo plazo o permanentes, que al interactuar con diversas barreras puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones.
"Aunque no hemos escuchado de esos casos es una pena saber que existen. Porque es falta de información de los hermanos, porque nadie es culpable de que nazca una persona con discapacidad, así que no podemos ocultarlo o matarlo”, comentó Sergio Hinojosa, exejecutivo del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq).
Hinojosa, que actualmente asume la dirigencia indígena en el municipio de Puna, en la provincia José María Linares del departamento de Potosí, asegura que en ese sector no registraron casos de infanticidio por discapacidad. "Respetamos a la naturaleza y sus designios. Por eso no hay que matarlos como si fueran animalitos. Así que hay que investigar”, aseveró.
En ese marco, Gregoria Reina Ballejos, dirigenta de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas, Indígenas y Originarias Bartolina Sisa, aseguró a este medio, en un contacto telefónico, que su organización "no recibió ninguna información de asesinatos a menores. Así que nunca escuché nada de eso”.
La Ley 1678, sobre la persona con discapacidad, establece en su artículo 6 que toda persona con discapacidad "tiene derecho a la vida, desde la concepción hasta la muerte, bajo la protección y asistencia de la familia, de la sociedad y del Estado y a vivir en el seno de su familia o en un hogar que las instruya, en caso de no contar con ésta”, entre otros.
"No ha habido denuncias de esas características en nuestras oficinas. Pero sí se está trabajando en una política pública integral para todas las personas con discapacidad en todo el territorio del país”, dijo al respecto la viceministra de Igualdad de Oportunidades, Karina Marconi.
Estableció que de ocurrir el delito de asesinato contra recién nacidos por una discapacidad física, "dependiendo de la jurisdicción que se tenga, el Ministerio de Justicia dará todo el apoyo correspondiente al igual que la orientación legal, psicológica y social que haga falta y, obviamente, se tiene que remitir el caso a instancias judiciales, porque se cataloga como un infanticidio y debe ser penado”.
La Ley 223, para personas con discapacidad, aprobada el 2 de marzo de 2012, define en su artículo 5 que las personas con discapacidad son aquellas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales y/o sensoriales a largo plazo o permanentes, que al interactuar con diversas barreras puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones.