Windsor Hernani Limarino
Especialista en Relaciones Internacionales
domingo , 22 de enero de 2023 - 04:03

Evo Morales: ¿y su pasaporte diplomático?

Lastimosamente Perú atraviesa un conflicto político y social. Las regiones del sur son las más afectadas, con bloqueos de carreteras y protestas que derivaron en enfrentamientos con la Policía. El saldo es de casi medio centenar de fallecidos.

Evo Morales forma parte de la polémica. Algunos congresistas peruanos lo acusan de azuzar el conflicto, otros de intromisión en asuntos internos. Por ello, la Comisión de Relaciones Internacionales del Congreso lo declaró persona non grata; la Superintendencia Nacional de Migraciones dispuso el impedimento de ingreso a territorio peruano; y el congresista Jorge Montoya presentó una denuncia penal en la que está incluido por la supuesta participación del delito de atentado al orden interno.

Las acciones asumidas por Perú, desde la perspectiva del Derecho Internacional, merecen algunos comentarios.

La Corte Internacional de Justicia definió la intromisión como: “el acto por el que un Estado, o grupo de Estados, por sí o testaferro se entromete por vía de autoridad en los asuntos que son de la jurisdicción doméstica de otro”. Con base en este concepto, podemos concluir que, a pesar que dentro de los denunciados están exautoridades, al no existir hechos que involucren al actual Gobierno boliviano, no corresponde acusar de intromisión de Bolivia en asuntos internos del Perú. Son acciones de responsabilidad personalísima.

Sin embargo, prensa peruana informó sobre un posible contrabando de armas, hecho que, de ser cierto, interpelaría al Gobierno boliviano, porque las armas no pueden circular libremente ni por territorio interno. Están sujetas a permisos y custodia cuando existe la necesidad de traslado.

Las autoridades bolivianas ante la referencia pública ya debieran investigar, para mostrar ante la comunidad internacional una actitud diligente y comprometida con el combate de este delito transnacional y así preservar la imagen del país.

En lo que respecta al impedimento de ingreso, ésta es una determinación soberana que no puede ser objetada. Ni la condición de exjefe de Estado de Evo Morales puede frenar el veto, ya que las normas internacionales reconocen el derecho de los Estados, incluidas las personas que tienen pasaporte diplomático, de negarles la entrada aún cuando estén como miembros de una misión especial o expulsarlos a través de la declaratoria de persona non grata.

Los pasaportes diplomáticos comprometen al Estado que los concede. Consecuentemente, luego del veto de ingreso, es la Cancillería boliviana la que debe analizar las implicaciones y adoptar las acciones que correspondan, con base en la norma que regula la otorgación (Decreto Supremo Nº 1762) y su reglamentación, que supuestamente ya está vigente.

En el caso de la denuncia, ésta merece mayor atención. En virtud del Derecho Diplomático, los Jefes y exjefes de Estado no pueden ser juzgados en tribunales de países extranjeros porqué gozan de inmunidad. Sin embargo, no hay un entendimiento unívoco sobre sí la inmunidad es absoluta o tiene límites y excepciones; principalmente respecto desde y hasta cuándo opera y de qué actos, así como ante qué jurisdicciones nacionales y/o internacionales resultan de aplicación.

Un hito del debate, de este instituto jurídico, fue el procesamiento de Augusto Pinochet por Baltasar Garzón, quien requirió su detención en Londres con fines de extradición. Los abogados defensores argumentaron la improcedencia, invocando la inmunidad diplomática como exjefe de Estado.

La batalla jurídica, giró en torno a sí la inmunidad abarca todo tipo de delitos o solo algunos y el principio de justicia universal. El caso fue dirimido por la Cámara de los Lores, quienes asintieron la extradición al considerar que la inmunidad no se otorga a la persona, sino que es funcional. Es decir, la inmunidad sólo alcanza a los actos inherentes a las funciones de los jefes de Estado.

Consideraciones sobre sí corresponde o no la inmunidad en el caso de Morales son innecesarias. Él declaró que se presentó un recurso de amparo –por el veto de ingreso- ante el poder judicial, acción que implica un reconocimiento de hecho de la jurisdicción peruana y una renuncia implícita a su inmunidad de exjefe de Estado.

El canciller Rogelio Mayta está evitando pronunciarse sobre estos hechos. Tal vez es aconsejable que así sea y que el tema no sea tratado públicamente, lo cual no implica que no se deban adoptar medidas oportunas, evitando cualquier probable deterioro de las relaciones boliviano peruanas, que históricamente fueron buenas.

Es la
Cancillería boliviana la que debe analizar las implicaciones y adoptar las acciones que correspondan.
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